Triunfadorí pues, el mandato constitucional contenido en el artículo 40.2 de nuestra condición de leyes y la comunidad jurídica establecida por la Unión Europea en esta materia configuran el soporte esencial en que se asienta la presente Condición. Junto a ello, nuestros propios compromisos contraídos con la Organización Internacional del https://chancesmoek.blogdal.com/36638931/se-rumorea-zumbido-en-diagnóstico-de-condiciones-de-trabajo